• Contacto

    Puedes ponerte en contacto nos ARTO Rioja a través de su formulario. Nos pondremos en contacto contigo lo antes posible.

  • ¿Quiénes somos?

    La Asociación Profesional Riojana de Terapeutas Ocupacionales, nace con la pretensión de agrupar a todos los profesionales de la comunidad y difundir esta disciplina, sirviendo así como punto de referencia.

  • ¿Qué es la Terapia Ocupacional?

    La Terapia Ocupacional es una disciplina sociosanitaria relativamente jóven en nuestro país, y que actualmente se encuentra en pleno crecimiento y expansión. Más info aquí:

III Plan de Salud de la Rioja "Dar prioridad a las personas"

Ya está en marcha la elaboración del III Plan de Salud de la Rioja.

Si ya en el II Plan de Salud (2009-2013) se indicaba que “El 25,97% de la población afirma estar limitado o gravemente limitado para las actividades de la vida cotidiana.”, parece claro que la necesidad de incluir la Terapia Ocupacional en los servicios de salud es cada vez más visible.

No fueron pocos los que apuntaron esta necesidad en el segundo plan de salud, sin embargo, a día de hoy, las actuaciones propuestas con respecto a la Terapia Ocupacional apenas se han desarrollado.

El Tercer Plan de Salud de la Rioja puede suponer una oportunidad para que seamos nosotros los que hablemos de Terapia Ocupacional.

Como punto de partida, os animamos a revisar el Plan actual, ya que es un documento interesantísimo sobre la situación de Salud de la Rioja y las líneas de actuación que se pretendían desarrollar. Un punto de partida también, para poder reflexionar y proponer mejoras. Te animas?



Publicada la Ley de creación del Consejo de Colegios Profesionales de Terapia Ocupacional, y ahora qué ?

El 21 de noviembre de 2014 se publicó en el B.O.E. la creación del Consejo de Colegios.   Esto implicará unas actuaciones  por parte de los Colegios Profesionales que, de forma resumida, son: 


1. En el plazo de dos meses desde la entrada en vigor de esta Ley se constituirá una Comisión Gestora compuesta por un representante de cada uno de los Colegios de Terapeutas Ocupacionales existentes en el territorio nacional.


2. La Comisión Gestora elaborará, en el plazo de seis meses a contar desde la entrada en vigor de esta Ley, unos Estatutos provisionales reguladores de los órganos de gobierno del Consejo General de Colegios de Terapeutas Ocupacionales.

3. Los  Estatutos provisionales  se remitirán  al  Ministerio  de  Sanidad,
Servicios Sociales e Igualdad que verificará su adecuación a la legalidad.

Para saber más sobre este proceso os animamos a leer el siguiente enlace: 

 Ley 24/2014, de 20 de noviembre, por la que se crea el Consejo General de Colegios de Terapeutas Ocupacionales